
Cambio de titularidad del vehículo por fallecimiento: trámites. Existen una serie de trámites y gestiones a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia o cambio de titularidad de un vehículo cuyo titular ha fallecido (transmisión definitiva) o a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos (transmisión provisional). A continuación os detallamos todo el papeleo y los pasos que debéis dar para resolver esta desagradable situación (la muerte de alguien, por muy suculento que sea su coche, no debería ser algo bonito). Veamos.
Lo primero, creemos que será interesante que sepas cuánto cuesta el cambio de titularidad. Después ya podemos seguir.
La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:
- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre.
- Tasa por el importe legalmente establecido. Para conocer todas las tasas de tráfico 2012 pincha aquí.
- Del nuevo titular será necesario presentar: original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular, para las personas físicas; original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF), original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE, y documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad, para las personas jurídicas. Además de esto, los menores de edad y los incapacitados presentarán original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor y documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).
- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.
- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo.
- Del vehículo: tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional; permiso o Licencia de Circulación.
Transmisión definitiva
La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.
La documentación a presentar será la misma que en el anterior más:
- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.
- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
- Permiso o licencia de circulación.
- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.
Todo esto, si se trata de un vehículo especial agrícola, habrá que aderezarlo con el documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
Comentarios
Suscribe estos comentarios
Nuevo usuario
¿Eres un nuevo usuario?
Regístrate
¡Haz click aquí para usar tu cuenta de Facebook!