Lunes 23/04/2012 por vernaal

Multas de aparcamiento: cómo recurrirlas. Si optamos por recurrir una multa, deberemos presentar un pliego de descargas dentro de los quince días hábiles siguientes a que nos notifiquen o entreguen la denuncia. Recordemos que los domingos y festivos están excluidos del concepto de día hábil. Tenemos que dirigir el escrito al Jefe de Tráfico de la provincia en la que se ha iniciado el procedimiento y presentarlo en cualquier Jefatura, por correo administrativo o en los registros oficiales de la Administración Estatal, Autonómica o de las Entidades Locales que tengan firmado convenio.
Las multas por estar mal aparcado son las más habituales, y suelen ser las más injustas. ¡Tened cuidado que el cobro de multas ya no tiene fronteras! Es posible que nos multen por estar mal aparcados cuando tan sólo hemos realizado una parada o por dejar hemos el coche en un lugar en el que no está bien señalizada la prohibición. Es habitual que se recurran este tipo de multas. Lo lógico a la hora de recurrir una multa es tener algo que alegar, bien que el vehículo no se hallaba estacionado sino detenido, bien que la señal no estaba visible. Es importante, ante todo, saber cómo redactar el escrito de alegaciones.
Antes de nada debéis informaros convenientemente de cuáles son los artículos de las leyes u ordenanzas que citáis en vuestros escritos, pues agarrarse a ellos es la clave para poder alegar razones de defensa o refutar cualquier argumento que apoye la sanción.
Existen muchas empresas que nos pueden asesorar sobre cómo llevar a cabo el proceso. Para escribir el pliego, lo dividimos en tres partes: Datos personales, Datos de la denuncia y Alegaciones. En el primer apartado tienes que indicar tu nombre, apellidos y DNI junto a tu dirección postal y teléfono. En el segundo, los datos de la denuncia: número de expediente, fecha de la denuncia, matrícula del vehículo, marca y modelo. En el tercero, el de las alegaciones, contempla la declaración del conductor y pruebas documentales, testificales, y periciales, que son elaboradas por técnicos o expertos.
Un truco: lee con atención la multa, por si hubiera un fallo en el color del coche, en el número de la matrícula, en el nombre de la vía, etc. Para terminar, señala la ciudad y fecha en que haces entrega del escrito. Lleva dos copias e intenta que te sellen la que permanezca en tu propiedad.
Ahora a esperar la respuesta. Si el pliego es desestimado, aún se puede presentar un recurso de alzada ante el Ministro del Interior. El Ministerio delega sus competencias en la Dirección General de Tráfico para dictar resolución. Para tomar este camino tenemos un mes.
Otra vez a esperar la resolución. Puede ser estimada y, por lo tanto, no pagada, o desestimada y, como consecuencia, conlleva pagarla. En este último punto, la opción que nos queda es emprender acciones por la vía judicial a través de un recurso contencioso administrativo. Por este camino, lo primero que hay que hacer es pagar la multa. Si al término del trámite se resuelve a tu favor, te lo devuelven.
Esperamos que os haya sido de ayuda. Si queréis ver un vídeo explicativo de todo lo que hay que saber para recurrir, pinchad aquí.